Marka Informática - La mejor solución para tu negocio

Incluye el dominio y el alojamiento de la web durante un año.
Desarrollo de la página web a tu medida, con al menos con 3 apartados, página de inicio, presentación de tu empresa, datos de contacto, descripción de productos...
Tu web se adaptará a cualquier tipo de dispositivo.
Cumple con los criterios de conformidad de nivel AA.
Indexable por los principales motores de búsqueda (On-Page).
Análisis de palabras clave, SEO On-Page, indexación y jerarquización del contenido.
Podrás modificar los contenidos de tu web.
(*): Importe máximo de la ayuda:
Tendrás a tu disposición un catálogo en tu tienda online, en el que estarán disponibles tus productos, mediante su alta, importación o carga.
Configuración de los métodos de pago en tu tienda online.
Tu web se adaptará a cualquier tipo de dispositivo.
Cumple con los criterios de conformidad de nivel AA.
Indexable por los principales motores de búsqueda (On-Page).
Podrás modificar los contenidos de tu web.
Métodos de envío ingregrados de tu tienda online.
(*): Importe máximo de la ayuda:
Incluye un programa de contabilidad, facturación, control de presupuestos, inventario. Tendrás automatizados los principales procesos de gestión de tu negocio.
Contarás con actualizaciones gratuitas durante el primer año.
La solución se adaptará a estos cambios.
En concreto cumplirás con el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación del Real Decreto 1619/2012.
Incluido el primer año.
(*): Importe máximo de la ayuda:
Te ayudaremos en la resolución de problemas, personalización de tareas...
Dispondrás de 1 TB de almacenamiento.
Compatible con tu móvil.
Podrás organizar un calendario y tus tareas previstas.
Incluido el primer año.
(*): Importe máximo de la ayuda:
tendrás acceso a otras bases de datos y a la realización de comparaciones con los datos expuestos.
dispondrás de una capacidad de almacenamiento de como mínimo de 1 GB por usuario.
Contarás con paneles de datos personalizados con datos relevantes y distintas formas de visualización.
podrás exportar datos a imágenes o a documentos de Excel.
(*): Importe máximo de la ayuda:
en formato FACTURA-E, para facilitar su tratamiento automatizado.
podrás emitir y recibir un número ilimitado de facturas.
tendrás la capacidad de enviar facturas a un número ilimitado de clientes.
podrás crear un número ilimitado de productos y/o servicios facturables dentro del catálogo.
podrás enviar y recibir facturas electrónicas directamente, al menos por correo electrónico.
las facturas serán personalizables, incluyendo la selección de tu logotipo.
podrás realizar copias de seguridad, con posibilidad de, al menos, una periodicidad diaria.
dispondrás, al menos, de 1 GB para las facturas.
la solución deberá disponer de APIs o Web Services para su integración con otras herramientas.
tendrás un sistema de control del vencimiento de las facturas.
la solución te permitirá generar un registro de facturación, de forma simultánea o inmediatamente anterior a la expedición de cada factura, en un formato estandarizado, ofreciendo la posibilidad de remisión a la Agencia Tributaria, y garantizando la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad, e inalterabilidad de los datos que componen dicho registro de facturación.
la solución deberá habilitar la emisión de facturas, tanto en papel como de forma electrónica, que puedan ser verificables con la Agencia Tributaria por parte del comprador.
la solución deberá permitir la verificación presencial o el envío de los registros de facturación a petición de las autoridades siempre que no se envíen de forma voluntaria (Sistema VERI*FACTU).
la solución deberá disponer de una declaración responsable por parte del fabricante o desarrollador acreditando que el software cumple con la normativa tributaria vigente.
podrás asegurar el cumplimiento del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación del Real Decreto 1619/2012, los requisitos del artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto, el Real Decreto 1007/2023, y su normativa de desarrollo, el cumplimiento del artículo 2 bis de la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, así como cualquier normativa que sea de aplicación.
(*): Importe máximo de la ayuda:


